Denuncia de torturas
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España a indemnizar con 23.000 euros al preso de ETA Mikel San Argimiro Isasa por no investigar los supuestos malos tratos que habría sufrido durante su detención.La sentencia concluye que España violó el artículo 3 (Prohibición de la tortura) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, desde el punto de vista procedimental, por "la ausencia de una investigación efectiva".
En cambio, dice que no hubo violación de ese mismo artículo, desde el punto de vista sustancial (los malos tratos en sí), ya que "los elementos de que dispone no le permiten establecer más allá de toda duda razonable" las torturas que el demandante alega.
San Argimiro Isasa (San Sebastián, 1962) fue detenido en Madrid el 14 de mayo de 2002 cuando iba a colocar una "bomba lapa" en los bajos de un vehículo policial, junto a Manuel Miner y Balbino Sáenz, presuntos miembros del "Comando Madrid".
Fue procesado por los delitos de pertenencia a banda armada, terrorismo, depósito de armas, sustracción de vehículo de motor, falsedad documental, asesinato en grado de tentativa y atentado contra agentes de la autoridad en grado de tentativa.
El día de su detención fue examinado por un médico forense que apreció contusiones y hematomas en diferentes partes del cuerpo, "compatibles con el desarrollo del arresto y la maniobras de inmovilización".
Al día siguiente, el informe del médico forense constató nuevas lesiones menores "sin dar explicaciones sobre su posible origen".
Cuatro días después, Argimiro Isasa fue conducido a la Audiencia Nacional, donde declaró haber sido objeto de malos tratos durante su detención.
El 27 de mayo de 2002 ingresó en el Centro Penitenciario de Badajoz, donde fue examinado por un médico que detectó una costilla rota.
San Argimiro Isasa presentó una demanda ante un juzgado de San Sebastián en la que denunció "malos tratos durante su arresto y detención en Madrid, como golpes en la cabeza y sesiones de asfixia con una bolsa de plástico alrededor de la cabeza" Además, denunció haber sido víctima de "humillaciones y vejaciones sexuales, y amenazas de muerte y de violación".
El Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid ordenó la apertura de una investigación y posteriormente sobreseyó y archivó el caso.
En noviembre de 2003, la Audiencia Provincial de Madrid declaró que la decisión del juez de instrucción estaba motivada, pero estimó que "era necesaria una investigación más completa".
El subdirector médico del Centro Penitenciario de Badajoz señaló en un informe que el dossier del demandante "no contenía el informe obligatorio del examen médico efectuado al demandante tras su primera entrada en prisión".
Con el nuevo informe de los expertos que declara que "se podía considerar que la lesión sobre la costilla se había producido durante el arresto" y que el demandante pudo haberse herido "con un bordillo o una escalera", el juez archivó el caso por segunda vez.
La Audiencia Provincial de Madrid confirmó el sobreseimiento y consideró "que no era posible identificar a los agentes de la Guardia Civil que participaron en su arresto" y que los vídeos del arresto "serían insuficientes" para demostrar las lesiones.
La sentencia de Estrasburgo señala que "las jurisdicciones internas han rechazado las pruebas que hubieran podido contribuir a la aclaración de los hechos", en referencia al vídeo del arresto, para "identificar y castigar a los eventuales responsables".
Además, califica de "irregulares" las "lagunas" existentes en el dossier médico del demandante.
Etiquetas: ETA Asesina
entrada de tribulete @ 16:50
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