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lunes, 23 de diciembre de 2013

Nueva Ley de Seguridad Privada


La nueva Ley de Seguridad Privada aprobada se propone regular el papel del sector, ya que se ha convertido en una parte indispensable de la defensa y protección de la sociedad.

En el nuevo proyecto de Ley, se han normalizado las necesidades que tenían que regularse, entre las que destacan las siguientes:

- Las comunidades autónomas serán competentes en algunos aspectos de la ley

- Los vigilantes podrán estar de servicio en la vía pública siempre que se parte de polígonos industriales, urbanizaciones vecinales, zonas comerciales peatonales y espectáculos culturales o deportivos que necesiten seguridad y vigilancia, pero siempre previa aprobación de las Fuerzas de Seguridad del Estado

- Los vigilantes podrán identificar a las personas que resulten sospechosas de forma justificada, controlar sus objetos personales, paquetería y en caso necesario si se comete un delito, proceder a la detención del individuo poniéndolo a disposición de las Fuerzas de Seguridad del Estado. En ningún caso están autorizados a llevar a cabo ningún tipo de interrogatorio, ni a practicar cacheos de forma arbitraria. Cabe recordar que cualquiera, hasta un ciudadano corriente puede practicar una detención si se comete un delito, tal como se recoge en el artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882.

Algunas de estas funciones ya se desarrollaban anteriormente, ya que identificar a personas, comprobar contenido de bolsas y paquetes, etc. ya se llevaban a cabo desde siempre. Lo que ahora cambia especialmente es el entorno donde se pueden llevar a cabo estas identificaciones o detenciones, siempre que existan indicios claros de un delito o falta administrativa. Si el vigilante está protegiendo una zona comercial peatonal, podrá hacerlo en la vía pública que en ese momento se halla bajo su protección.

Muchos vigilantes de seguridad han reclamado que se les de más protección jurídico-penal ante el aumento de responsabilidades y se les equipare a agentes de la autoridad siempre que desarrollen su trabajo en determinados servicios, como los que se llevarían a cabo en la vía pública de zonas comerciales o polígonos. Actualmente con la nueva ley, sólo se se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se comentan cuando el personal de seguridad privada se encuentre cooperando y bajo el mando de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Aquí os ofrecemos el enlace para que podáis consultar directamente el proyecto de Ley de Seguridad Privada
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entrada de Nuria @ 11:46

3 comentarios:

A las 6 de junio de 2014, 16:59 , Anonymous PIlar ha dicho...

Estoy totalmente de acuerdo con la opinión de los vigilantes de seguridad respecto a que necesitan más protección jurídico-penal. Si se les autoriza a solicitar documentación, registrar vehículos, etc en determinadas zonas vigiladas, es obvio que sus probabilidades de enfrentarse a situaciones peligrosas aumentan considerablemente.
Gracias por el post. Desconocía totalmente esta nueva ley. Saludos

 
A las 24 de agosto de 2019, 16:04 , Blogger Unknown ha dicho...

Quiero saber si esta ley esta vigente en baja california norte tijuana mexico

 
A las 26 de agosto de 2019, 17:25 , Anonymous Administrador ha dicho...

No "Unknown", esta Ley es exclusivo para España. Saludos.

 

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