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lunes, 26 de julio de 2010

Seguridad en eventos

En la actualidad, son variados los espectáculos públicos que se realizan en nuestro país y que influyen en el orden público, pudiendo afectar la seguridad de las personas y bienes. En nuestro país existe normativa que tiene por objeto regular la celebración de espectáculos o eventos públicos y juegos o diversiones, en el territorio nacional.
Esta normativa consiste en determinar reglas y mecanismos para la celebración de espectáculos o eventos públicos, juegos o diversiones y garantizar que con motivo de su desarrollo no se altere la seguridad u orden públicos, ni se ponga en riesgo la integridad de los participantes y asistentes. Son sujetos de esta normativa, las personas naturales o jurídicas colectivas que pretendan realizar o lleven a cabo espectáculos o eventos públicos, juegos o diversiones, quienes están obligados a observar y cumplir las disposiciones del mismo, así como a vigilar que sus empleados o personas que los auxilien, acaten lo señalado en sus preceptos.
Para su realización se debe contar con autorizaciones pertinentes y un Plan de Seguridad, que no sólo tiene como propósito dar cumplimiento a una exigencia de la Autoridad, sino que evitar que ocurra cualquier incidente que pueda afectar personas, bienes, la imagen de la empresa organizadora y la responsabilidad legal.
El Decreto 919 de 1989 define las responsabilidades y funciones de todos los organismos y entidades públicas, privadas y comunitarias, en las fases de prevención, manejo, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo a que dan lugar las situaciones de desastre o de calamidad, con el fin de integrar los esfuerzos públicos y privados para la adecuada prevención y atención de las situaciones de desastre o de calamidad, garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos, y económicos que sean indispensables para la prevención y atención de las situaciones de desastre o calamidad.
El Decreto 3888 de 2007 adopta el ‘Plan nacional de emergencia y contingencia para eventos de afluencia masiva de público’, aprobado mediante acta del 12 de noviembre de 2003 del ‘Comité técnico nacional del sistema nacional para la prevención y atención de desastres’, y establece como objetivo del mismo servir como instrumento rector para el diseño y realización de actividades dirigidas a prevenir, mitigar y dotar al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de una herramienta que permita coordinar y planear el control y atención de riesgos y sus efectos asociados sobre las personas, el medio ambiente y las instalaciones en esta clase de eventos.

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entrada de tribulete @ 8:47

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